La recurrida intentó hacer justicia atreves de “funa” en redes sociales, lo que no es un medio adecuado para establecer responsabilidades, existiendo vías legales formales.
La recurrida intentó hacer justicia atreves de “funa” en redes sociales, lo que no es un medio adecuado para establecer responsabilidades, existiendo vías legales formales.
Lo que se pretende es la revisión de los hechos, circunstancias y decisiones que fueron adoptadas en el respectivo sumario administrativo.
Corte de Apelaciones rechaza acción de protección por negativa de clínica a aplicar Ley de Urgencia.
El recurso no podrá prosperar por no asistir un derecho indubitado susceptible de ser tutelado a través de esta vía.
El Serviu mandató la realización de obras que se han extendido al terreno de la recurrente, sin tener un decreto expropiatorio.
La dilación de los procedimientos administrativos por un período superior a cuatro años no evidencia, en el caso concreto, negligencia o inactividad del órgano sustanciador.
Así como de realizar actos que restrinjan derechos de participación y administración.
La decisión administrativa no vulnera ninguna norma legal alguna ni se ha apartado de los criterios técnicos y jurídicos.
No existe constancia documental de la existencia de una servidumbre de tránsito, uso o paso que justifique el acceso del actor a través del terreno de la madre de los recurridos.
Las compensaciones que realiza la Tesorería General de la República constituyen el legítimo ejercicio de una facultad que le ha sido otorgada legalmente.