La actuación reprochada a la autoridad como el pretendido Retiro Absoluto no trata de un acto terminal que permita valorar la concurrencia de alguna de las hipótesis de arbitrariedad o ilegalidad.
La actuación reprochada a la autoridad como el pretendido Retiro Absoluto no trata de un acto terminal que permita valorar la concurrencia de alguna de las hipótesis de arbitrariedad o ilegalidad.
Corte Suprema confirmó rechazó de la acción de protección interpuesto en contra de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Las obras de mejoramiento que dice haber efectuado el recurrido en el referido canal requerían la intervención de la Dirección General de Aguas.
Se ha ejercido la actividad comercial de forma ininterrumpida, sujeta a medidas de seguridad implementadas para proteger la integridad de los locatarios y asistentes a la feria, debido a hechos públicos y notorios que han afectado al mercado.
Los derechos que solicita sean tutelados no pueden satisfacerse por esta vía dado que el legislador ha dispuesto expresamente procedimientos legales de lato conocimiento.
No se ha acreditado los potenciales efectos que podría acarrear la inoculación de la vacuna en cuestión en la salud de su hijo.
Las clases comenzarán el 22 de julio de 2024.
Las recurridas actuaron en el marco de sus competencias y facultades, no se acreditó la existencia de una acción u omisión ilegal o arbitraria.
Solo le corresponde a la Corte verificar el cumplimiento de los requisitos objetivos establecidos en el D.L. N° 321 y su reglamento.
Lo solicitado por la parte recurrente debe ser resuelto por las autoridades pertinentes, por el procedimiento administrativo respectivo y en la sede que la ley establezca.