Corte Suprema confirmó sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca.
Corte Suprema confirmó sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca.
Se configuró un vicio que ha dejado al funcionario en indefensión.
El rechazo de la cobertura se funda en la inexactitud de la recurrente en su Declaración Personal de Salud.
La atribución no implicará la suspensión, restricción o limitación de los derechos y garantías consagrados en esta Constitución o en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile.
Al respecto, las leyes orgánicas constitucionales y las leyes de quórum calificado se establecerán, modificarán o derogarán por la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio.
La negativa de la recurrida de otorgar la cobertura para el medicamento que requiere el recurrente constituye una acción arbitraria e ilegal.
Recurrente mantiene la vigencia del cargo y todos los derechos derivados del mismo.
Las consideraciones de orden administrativo y económico que hace la autoridad no deben invocarse cuando está comprometido el derecho a la vida.
La presente reforma tiene por objetivo asegurar la continuidad de prestaciones de salud convenidas entre las Instituciones de Salud Previsional y sus usuarios.
El plebiscito se celebrará el 17 de diciembre del 2023.