La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas se encuentra expresamente facultada para reliquidar de oficio la pensión de retiro del recurrente dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se otorgó originalmente.
La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas se encuentra expresamente facultada para reliquidar de oficio la pensión de retiro del recurrente dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se otorgó originalmente.
Durante la suspensión, el servidor conserva su carácter de funcionario y no se exime de la observancia.
La decisión cuestionada se encuentra debida fundamentada.
Lo anterior, mientras no hayan transcurrido un plazo de 5 años desde el cese.
Lo anterior es debido a que se pronunció sobre materias que no fueron objeto de la discusión planteada por las partes.
Será la Dirección de Presupuestos la encargada de la ejecución de las evaluaciones.
La naturaleza de una decisión que recalcula la prestación otorgada arrastra la invalidación de una decisión previa, lo que debe ser precedido por un procedimiento administrativo.
Para la validez de la notificación se requiere del consentimiento del notificado.
Dicha experiencia debe ser acreditada con documentos que den cuenta de estos trabajos profesionales.
La posibilidad de recurrir que la ley otorga al administrado, es un reconocimiento a su derecho de defensa.