La acción de protección es un medio excepcional y de urgencia para brindar un pronto amparo y no puede ser ejercido como un sustituto de las demás vías previstas por el legislador.
La acción de protección es un medio excepcional y de urgencia para brindar un pronto amparo y no puede ser ejercido como un sustituto de las demás vías previstas por el legislador.
La COMPIN en ejercicio de sus facultades fiscalizó al médico toda vez que emitió más de 1000 licencias médicas en el periodo de 1 año.
No advirtió ilegalidad ni arbitrariedad en el acto objeto de la acción constitucional.
No se ha puesto término al procedimiento disciplinario de que se trata, faltando para ello que se cumplan varios trámites previstos en la ley.
La naturaleza del recurso no constituye una instancia declarativa, sino que requiere que el derecho amagado y cuya protección se reclama tenga el carácter de indubitado.
La resolución recurrida se dictó dentro de un procedimiento legalmente tramitado en que se han formulado cargos, se ha permitido el derecho de defensa y se ha concluido con una resolución fundada.
La decisión resulta ilegal en cuanto ha limitado el derecho del afectado a exigir un beneficio establecido por ley, afectando con ello la garantía de igualdad ante la ley.
La decisión tomada de manera verbal es ilegal al no cumplir con la necesaria escrituración, y resulta arbitraria, al no contener los hechos y fundamentos de derechos que la motivan.
El máximo de horas diurnas cuyo pago podrá autorizarse será de 40 horas por funcionario al mes.
La flexibilización de sus procedimientos con la finalidad de una pronta y oportuna atención de los afectados por la catástrofe, no implica la inobservancia en la función pública de las normas de control interno en sus actuaciones y el debido resguardo del patrimonio público.