La resolución sancionatoria fue resuelta con apego al procedimiento reglamentario pertinente, debidamente impugnada y modificada.
La resolución sancionatoria fue resuelta con apego al procedimiento reglamentario pertinente, debidamente impugnada y modificada.
No configuran la falta de probidad administrativa mantener contacto vía redes sociales con una usuaria del COSAM Oriente ni mantener relaciones sexuales en un lugar público.
El oficio goza de una presunción de legalidad, imperio y exigibilidad frente a sus destinatarios, independientemente de las pretensiones de invalidación.
Se entenderá constituido cuando el respectivo contrato ya se haya prorrogado por segundo año consecutivo.
El tribunal respaldó el sumario administrativo llevado a cabo por la Municipalidad de Padre Las Casas, destacando la fundamentación y legalidad de las sanciones aplicadas.
No se divisó la existencia de acto u omisión alguna atribuible a la recurrida tendiente a causar en la actora una situación de infracción de las garantías fundamentales.
La legislación vigente a la época de la denuncia exigía para la existencia de acoso laboral la reiteración de la agresión u hostigamiento.
La autoridad administrativa deberá imponer la de suspensión del empleo por el período de dos meses con el goce del 50 % de sus remuneraciones y sin poder hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo.
En el marco del XIII Congreso Internacional titulado “El Derecho Administrativo como Herramienta para la Modernización del Estado”, realizado los días 13 y 15 de noviembre y organizado por la Universidad Central de Chile, la Asociación Internacional de Derecho Administrativo y el Instituto Chileno de Derecho
Acción de protección no constituye un sustituto jurisdiccional.