El tribunal concluyó que la decisión administrativa estuvo debidamente fundada en un proceso de reorganización interna, descartando ilegalidad o arbitrariedad.
El fallo distingue entre salud irrecuperable y salud incompatible, y concluye que la autoridad podía aplicar esta última causal al haberse superado el umbral legal de licencias médicas.
El tribunal descartó ilegalidad en la declaración de imposibilidad física por padecer episodio depresivo grave prolongado y validó la actuación de la Comisión Médica Central en el retiro temporal en Carabineros.
El máximo tribunal validó la decisión municipal de no renovar una contrata, al estimar que el funcionario ejercía un cargo de exclusiva confianza y que el acto administrativo estaba debidamente motivado.
La Contraloría General de la República identificó a 910 funcionarios públicos encargados de administrar recursos fiscales que realizaron apuestas en casinos, pese a tener prohibición para ello, entre enero de 2024 y junio de 2025.
El máximo tribunal descartó ilegalidad y arbitrariedad en la evaluación funcionaria, al verificarse que la calificación se fundó en la hoja de vida anual y en el reglamento institucional.
El máximo tribunal validó la desvinculación de funcionaria pública por uso prolongado de licencias médicas, estableciendo que la salud recuperable no impide declarar incompatibilidad con el cargo.
El máximo tribunal valida la no renovación de un funcionario municipal al no cumplir el umbral temporal exigido por la jurisprudencia para activar la protección por confianza legítima.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.