Indicó que la CGR es legitimada pasiva de la acción de protección, ya que su dictamen forma parte del procedimiento administrativo.
Indicó que la CGR es legitimada pasiva de la acción de protección, ya que su dictamen forma parte del procedimiento administrativo.
No evidenció algún acto ilegal o arbitrario por parte de dicha recurrida que vulnere algún derecho constitucional del recurrente.
Quien utilice una licencia médica para obtener o mantener indebidamente un subsidio por incapacidad laboral, remuneraciones, o cualquier otro beneficio económico asociado a dicha licencia, será sancionado con reclusión menor en sus grados mínimo a medio.
La confianza legítima está determinada por una relación estatutaria cuya duración haya alcanzado, a lo menos, cinco renovaciones anuales y no por la asimilación a un grado específico.
Se establece expresamente que el cese en el cargo no impide continuar -o incluso iniciar- un procedimiento disciplinario cuando existan antecedentes serios.
La necesidad del servicio no cesó, sino que fue desplazada funcionalmente lo que no constituye una supresión real del cargo, sino una reorganización interna que no justifica, por sí sola, la desvinculación del funcionario. La Tercera Sala de la Corte Suprema, en causa rol N° 19.775-2025,
Corresponde a la autoridad determinar si instruye uno o más procedimientos disciplinarios considerando la cantidad de casos respecto de los cuales haya de efectuar indagaciones sea individualmente o en forma agregada.
No existe en el conflicto suscitado entre las partes un derecho indubitado.
La Corte reiteró que el recurso de protección no es la vía idónea para revisar procedimientos disciplinarios tramitados conforme a derecho.
La decisión de traslado, aun siendo discrecional, debe ser motivada conforme al principio de juridicidad, para distinguirla de una actuación arbitraria.